Luego que el ministro de Seguridad, Miguel Castro, responsabilizara a la Oficina Judicial de Puerto Madryn por la fuga de Walter “El Coma” Lefipán, fue la propia Valeria Vásquez, directora del organismo judicial, quien desmintió categóricamente sus dichos. “Escuché las declaraciones del Ministro y me sorprendieron algunas manifestaciones. Es el Servicio Penitenciario el que tiene que comunicar que el domicilio no está en condiciones de seguridad, no es nuestra tarea porque no somos los que supervisamos los domicilios, ni los que llevamos el personal”, resaltó la funcionaria judicial.
El martes por FM Del Viento, Castro había señalado que “hay veces que desde la Oficina Judicial no se evalúan los lugares de visita y generan estas cuestiones”. Entre duras consideraciones a la Justicia, había afirmado que el domicilio “no era apto para recibir visitas y lo autorizaron igual”, en referencia nuevamente a la Justicia. “Se hizo todo lo que había que hacer y lo que se podía hacer. Si no se siguen los protocolos por alguna decisión judicial no pidan que la policía haga milagros“, apuntó.
Por su parte, Vásquez explicó que la Oficina Judicial, cuando comunica las salidas extraordinarias para “El Coma” otorgadas por la jueza penal Marcela Pérez el 22 de diciembre, envía la decisión mediante un oficio donde se establecen las pautas de la salida, a instancias del acuerdo que hacen las partes en la audiencia. Dijo que tanto Fiscalía como el Ministerio Público de la Defensa son quienes solicitan esta salida, con anuencia de la Fiscalía para ello.
Paralelamente, el titular de la cartera de Seguridad provincial había indicado ayer que “el preso -en referencia a Lefipán- se escapó de un domicilio que no estaba autorizado porque no reunía las condiciones. Insisto, nosotros no podemos ingresar en el domicilio”. Al mismo tiempo, había resaltado nuevamente la responsabilidad del fuero judicial en estas medidas, deslindando responsabilidades. Dejó en claro que, según su punto de vista, en este caso la responsabilidad absoluta es de la Justicia.

“En esta primera oportunidad, cuando notificamos esta autorización para las fechas del 29 de enero y 5 de febrero se informa a la Alcaidía Policial de Trelew y a la Unidad Regional de Puerto Madryn el domicilio en que se tiene que llevar adelante. A raíz de ello, recibimos una comunicación de la División Operaciones Especiales de la penitenciaria donde nos informan que este domicilio, en el Tiro Federal, no consta de las medidas de seguridad pertinentes para llevar la transitoria adelante”, reconstruyó la entrevistada.
“Ante este informe, inmediatamente se pone a disposición de la doctora Pérez, que interviene en la causa. La jueza le da intervención a las partes, se ofrece un nuevo domicilio en el barrio Don Bosco y se reitera la comunicación. En el oficio incluso se indica que el traslado debe ser realizado por personal policial, que debe permanecer personal de custodia permanente, que se admiten los medios para colocar en dicho lapso la tobillera electrónica a los fines de evitar la fuga”, agregó Vásquez.
En ese punto, asegura no haber recibido en la Oficina Judicial “absolutamente ninguna comunicación más, ni escrita ni oral”. Esto habría sido chequeado con todos los funcionarios de turno en la oficina. “Entendemos que la salida del 29/1 se hizo en perfectas condiciones, porque sino hubiéramos tenido algún informe y esto sucede después en la salida del 5/2”, sumó la jefa del organismo al que apuntó el Ministro.
Vásquez consideró que si hubieran sido informados que este último domicilio tampoco cumplía con los requerimientos se hubiera hecho el mismo proceder que en la primera situación para que se aportara un nuevo domicilio. “Está claro que ante el informe que nosotros recibimos del Servicio Penitenciario automáticamente se dio intervención al juez y a las partes“, ratificó.
Asimismo, se le consultó a la funcionaria respecto a las declaraciones que también realizó el comisario Jesús González, jefe del Área Penitenciaria de la Policía del Chubut, quien aseguró que Walter Lefipán “la tobillera electrónica no la tenía y muchas veces son tramitadas por otro organismo u oficina de Gobierno. Se avisó que no se contaba con la tobillera e igual aprobaron la salida transitoria”.
La mujer volvió a insistir en que no existió ningún tipo de comunicación entre la Policía y la oficina. “Es muy raro porque cuando tenemos comunicaciones de este estilo inmediatamente damos intervención al magistrado, porque no son decisiones que toma la Oficina Judicial, eso lo quiero aclarar; somos un organismo estrictamente administrativo. Los funcionarios de esta oficina están acostumbrados a la tarea y cuando Policía envía un informe, ante cualquier situación, se informa al magistrado”.
Sobre la decisión que habría motivado la decisión de la magistrada para otorgarle al detenido el beneficio de salidas extraordinarias, Vásquez subrayó que las mismas estaban pedidas por las partes. “Esta persona tenía fecha para una audiencia preliminar el 24 de febrero; no tengo presente si las partes tenían la posibilidad de acordar un juicio abreviado. Entiendo que por los plazos esta persona estaría en condiciones de empezar con las salidas que prevé la Ley 24.660, entonces se dieron como salidas extraordinarias”.
Finalmente, dejó en claro que, en este caso, las salidas estaban autorizadas bajo la responsabilidad de Elena Flores, madre del prófugo. “Si ella no estaba en ese domicilio se nos debería haber informado también. La verdad es que no se nos informó nada”.