Con el fin fomentar el trabajo en tierra la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, puso en vigencia la Disposición SSPYA N° 78/2023, la cual reglamenta los mecanismos de control para acceder a la reducción del 50% del Derecho Único de Extracción (DUE) mediante la utilización del módulo “Transacciones Comerciales” del Sistema Federal de Información de Pesca y Acuicultura (SIFIPA).
«Esta disposición nos permite validar concretamente las capturas que los buques envían a las plantas de procesamiento, logrando así una gestión más eficaz y eficiente a la hora de otorgar el beneficio, cuidando los recursos del Fondo Nacional Pesquero (FONAPE)», declaró el subsecretario de Pesca y Acuicultura, Carlos LIberman.
Cómo es el trámite para las armadoras y plantas
A partir de la puesta en vigencia de esta disposición, las empresas armadoras deberán registrar en el módulo de “Transacciones Comerciales” cuál es la planta a la que se transfieren los volúmenes de capturas y esta última, deberá aceptar esa transferencia.
La responsable del buque, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), continuará presentando la liquidación y comprobante de pago de la marea con el agregado de los números de transacciones brindados por el SiFIPA, que validan la transferencia a la planta y su aceptación.
Actualmente, la Unidad de Ingresos al FONAPE (UIF), es la encargada de impulsar las acciones necesarias para el fortalecimiento y cumplimiento de los objetivos de recaudación existentes en el ámbito de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera.

«De esta manera, promovemos una reducción de los aranceles, estableciendo políticas públicas que tiendan a otorgar un tratamiento más justo para quienes operan dentro del ordenamiento jurídico de la actividad”, agregó el funcionario.
Por su parte, Julián Suárez, director nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, consideró que esta disposición «se convierte en la primera Normativa que se nutre de las posibilidades del entrecruzamiento de datos que nos brinda el Módulo ´Transacciones Comerciales´, el cual es de uso obligatorio desde el 25 de diciembre del 2022 por medio de la Disposición DNCYFP N° 26/2022».
Esta normativa entra en vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial.